El libro de socios en las sociedades limitadas, o libro registro de acciones nominativas, en el caso de sociedades anónimas, es el libro que identifica la titularidad del capital social de una compañía mercantil. Es decir, identifica a los dueños de la sociedad. Dicho libro es privado y no tiene acceso a ningún registro público. Esto con independencia de que en las cuentas anuales de la empresa, haya que identificar a aquellos tenedores de más del 25 % del capital social, de acuerdo con la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales.
Formalidades del libro de socios
Tradicionalmente, el libro de socios tenía formato papel, y se legalizaba en el registro mercantil de la provincia donde radicaba el domicilio social de la empresa. El registro, insertaba una pegatina o cajetín en la última hoja, donde hacían constar el número de folios, si estaban o no en blanco y el código y fecha de legalización. Con ello, se cumplía el requisito formal de la legalización del libro y ya podía ser utilizado y custodiado por el administrador de la compañía.
En la actualidad, el libro de socios o libro registro de acciones nominativas, se formaliza en cualquier formato, preferiblemente telemático. De esta forma las anotaciones son más limpias y fáciles de actualizar. Además, debe ser presentado a legalizar siempre que haya surgido alguna variación o modificación en el mismo. La legalización se llevará a cabo en formato PDF en el registro mercantil de la provincia donde radica el domicilio social de la compañía.
La cumplimentación y legalización del mismo atañe al administrador de la sociedad, por lo que los socios o accionistas tienen la obligación de informarle de todo cambio o variación que deba ser anotado en el libro de socios.
La legalización del libro de socios se lleva a cabo por el registrador, sin que éste pueda depositar ni inscribir el contenido del mismo. Por eso anunciábamos que el contenido del libro de socios es privado, no público. El registro solo legaliza, sin entrar en el contenido.
Contenido del libro de socios
En el libro de socios se inscribe la titularidad de todas y cada una de las participaciones sociales (o acciones en caso de sociedades anónimas). Se indica el nombre y apellidos, domicilio y NIF del partícipe o accionista. El número de participaciones que ostenta, y el título a través del cual las adquirió, junto con la fecha de adquisición.
También la numeración de las participaciones o acciones, así como el nombre del título jurídico: escritura pública de propiedad. La compraventa de acciones o participaciones debe hacerse siempre mediante instrumento público. Lo usual es mediante escritura notarial.
Al igual que se anotan las adquisiciones, se deberán anotar también las enajenaciones, o venta de acciones con las mismas especificaciones. Así, de esta manera, el libro de socios refleja la titularidad de la empresa.
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