Tributación y fiscalidad de las ganancias del juego y apuestas. Premios, sorteos y concursos.

Fiscalidad y tributación de las ganancias del juego

Existen multitud de ganancias que derivan del juego y apuestas, tanto deportivas como no. Juegos de azar, Casinos, Juegos de Cartas (Póquer), incluso Loterías y Apuestas del Estado, Quinielas, Sorteos y Rifas. En definitiva, englobamos aquí todos los supuestos de ganancias que derivan del juego de azar y las apuestas. Vamos a analizar cómo tributan este tipo de rentas en el IRPF.

Cómo tributan las ganancias que derivan del juego y apuestas

Dependiendo del tipo de juego o apuesta de que se trate, podemos valorar la tributación de la renta o ganancia de una forma u otra.

    • Ganancias obtenidas del juego en las apuestas deportivascasino y póker online: tributan las rentas obtenidas en este apartado siempre que superen los 1.600 euros. También aquellas que superen los 1.000 euros en caso de estar obligados a declarar por rendimientos del trabajo.
    • Rentas a partir de la cantidad de 2.500 euros, mediante un gravamen especial, derivadas de determinados premios (Loterías y Apuestas del Estado, Comunidades Autónomas, premios de la ONCE, Cruz Roja, etc.) excluyendo cualquier gravamen adicional por el IRPF, por lo que estos premios no deberán consignarse en la declaración.
    • Premios o sorteos en medios televisivos o incluso en otros concursos, tributan en cualquier caso desde el primer euro, como ganancia patrimonial.

Pues bien, una vez tenemos claro la diferencia, y el importe a partir del cual tenemos obligación de incluir estas rentas en nuestra declaración del IRPF, vamos a analizar ahora los tipos aplicables. Por regla general el tipo aplicable es el que corresponda, de acuerdo con la progresividad del impuesto. Es decir, no existe un tipo fijo, sino que es variable y progresivo, en función del resto de rentas obtenidas por parte del contribuyente.

Al tratarse de un cálculo con cierta complejidad, pues se tienen en cuenta otros tipos de fuente de renta, así como la aplicación de una tarifa, por tramos, no podemos decirte un tipo fijo que puedas aplicar. Pero puedes consultar con nosotros. Reserva tu cita on-line.

Otros aspectos importantes de las apuestas deportivas y juegos

Debemos tener en cuenta que algunos pagadores están obligados a sujetar a retención el importe del premio o ganancia. De tal forma que ya retienen e ingresan en hacienda parte de la cuota que te saldrá a pagar. Por lo general esta retención es del 19%. Y se aplica lo mismo para importes obtenidos en especie como en dinero.

Recuerda siempre calcular correctamente tu ganancia, ya que no toda la cantidad obtenida en tu cuenta será ganancia. Los bonossaldo sin retirar y otras promociones obtenidas sí deben computarse como ganancia. Pero no es necesario declarar una por una las operaciones. Basta con sumar todas las ganancias obtenidas a lo largo del ejercicio fiscal, y restarle las pérdidas. Otra opción es declarar las operaciones por bookies o casas de apuestas. El resultado puede ser negativo, más pérdidas que ganancias, con lo cual no tributarás nada. Pero no podrás compensar esas pérdidas obtenidas en ejercicios posteriores, con las eventuales ganancias que obtengas en un futuro. Únicamente es válida la compensación de rentas en el mismo período. En definitiva, debes confeccionar una relación estricta de los importes ganados y perdidos a los efectos de su declaración en tu IRPF.

Los no residentes tienen un régimen especial y transitorio aplicable para los supuestos de ganancias obtenidas en premios de loterías y apuestas.

Bufete de abogados experto en derecho tributario e IRPF

Descubre nuestro servicio Empresa 360, de externalización y apoyo legal y administrativo al empresario. Sea cual sea el tamaño de tu empresa o sector de tu negocio te ayudamos a cumplir las obligaciones legales. También a llevar la administración y gestión de tu negocio. Ponte en contacto con nosotros y contrata una videoconferencia con un abogado experto, o si lo prefieres, llámanos al 91 534 38 62. En cualquier caso, puedes descargarte nuestro E-book de forma gratuita, que te acercará a nosotros para que puedas valorar mejor nuestra marca. Déjanos tus datos en el formulario que encontrarás más abajo.

6 comentarios

  1. Que se pone en la declaración, los depósitos menos las retiradas al casino ? O se pone las ganancias menos las pérdidas ?
    Gracias por contestar !!

    1. Hola. En el impuesto hay que declarar las pérdidas y las ganancias, lo que equivale al saldo inicial, menos el saldo final, corregido con las retiradas y depósitos que hubieran existido. Gracias por comentar.

  2. Gracias por el artículo, muy ilustrativo. En el caso de un pensionista que cobra menos de 14.000€ anuales, pero que obtiene ganancias patrimoniales por apuestas deportivas menor a 1.000€, habiendo recibido a su vez una ayuda/subvención al alquiler de alrededor de 2.000€, ¿Entraría aquí la obligación de declararlas conjuntamente por valor de 3.000€ de ganancia patrimonial, o pertenecen a grupos diferentes? Gracias y buena semana.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *