Los contribuyentes que cobren un premio de lotería, dependiendo de su importe, podrían tener que declarar y tributar por el IP: impuesto sobre el patrimonio, al reflejarse el ingreso en su cuenta bancaria a finales del ejercicio.
En relación con estas cuestiones, la DGT ha dejado claro que dicho impuesto se devenga el 31 de diciembre, por lo que, con independencia a la fecha de ingreso ( finales de año ) el contribuyente debería tenerlo en cuenta para una posible tributación por IP, siempre que el mayor de los siguientes valores, a fecha 31 de diciembre, supere el umbral que hace nacer la obligación de tributar:
– saldo de la cuenta a 31-12
– saldo medio de la cuenta
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