La prestación por maternidad en el IRPF

De acuerdo con una sentencia del TSJ de Madrid, se encuentran exentas del IRPF las prestaciones por maternidad que el INSS ha pagado, paga y seguirá pagando a todas las madres trabajadoras.

La Agencia Tributaria, siguiendo el criterio fijado por el TEAC, no está reconociendo este derecho a los contribuyentes, a sabiendas de la que se les viene encima.

No obstante, existe una forma eficaz de poder recuperar los impuestos pagados en su día, con ocasión del cobro de esta prestación de maternidad. En ocasiones, dependiendo de cada contribuyente, la devolución obtenida puede superar incluso los 4.000,00 €. Y en nuestro caso, no te cobramos nada hasta que recuperes todo tu dinero. Tratamos tu caso de forma totalmente confidencial y profesional.

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5 comentarios

  1. Cuando se pide la prestación de la CAM?una vez que haya nacido el bebé?o se puede tramitar antes?

    1. Buenos días Noelia, la prestación por maternidad se solicita una vez haya nacido el bebé. No obstante, no es lo que tratamos en este post.

      Muchas gracias por participar.

      Saludos cordiales.

  2. Y para las que vamos a ser futuras mamas??cuando vayamos a solitar la prestacion lo tenemos que decir?o todavia no esta vigente?
    Gracias
    Un saludo.

    1. Pues para las futuras madres habrá que estar a la regulación que exista no en el momento de cobrar la prestación, sino en el momento de tributar por ella. Es decir la cuestión surge al presentar la declaración de la renta del ejercicio en que se cobre la prestación. Lo que es la prestación por maternidad se cobra normalmente en cualquier caso.

      Gracias.

  3. Buenas tardes Sheila es poco probable no ganar pero en ese caso nosotros no cobramos nada.

    Saludos.

    Raúl Pérez Chups.
    Abogado Director del Área de Derecho Tributario.

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